Resoluciones para empresas que prestan servicios de maquila 7 Agosto, 2024

QMA Maquiladoras

Maquiladoras en México

Metodología QMA Ejercicios 2020 a 2024

Antecedente

En 2024, el SAT y el Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos de América (IRS, por sus siglas en inglés Internal Revenue Service), renovaron por segunda vez en la administración 2018-2024 el Acuerdo relativo al Enfoque Calificado para Maquiladoras (Qualified Maquiladora Approach (QMA)) alcanzado entre las autoridades competentes de Estados Unidos y de México en 2016.

El acuerdo de renovación mantiene los elementos centrales del marco de precios de transferencia del QMA aplicable a los ejercicios 2019 y anteriores, ya que las autoridades competentes determinaron que continuaba produciendo resultados conforme al principio de plena competencia.

Cabe señalar que, conforme al acuerdo alcanzado entre las autoridades competentes de México y de Estados Unidos, podrán obtener una resolución aplicable por los ejercicios 2020 a 2024 únicamente aquellas maquiladoras que hubieran solicitado, obtenido e implementado correctamente una resolución correspondiente al ejercicio fiscal 2019 y anteriores, conforme al Enfoque Calificado para Maquiladoras aplicable o, en su caso, haber aplicado correctamente lo dispuesto en el artículo 182, primer párrafo de la LISR. Dicha resolución no debe encontrarse controvertida en medio de defensa alguno. En caso de que la resolución se hubiera controvertido en algún medio de defensa, debe haberse desistido del mismo y haber implementado correctamente dicha resolución o haber aplicado correctamente lo dispuesto en el artículo 182, primer párrafo de la LISR.

La renovación del acuerdo fue el término de una extensa colaboración entre las autoridades competentes de México y de Estados Unidos para abordar el inventario de las solicitudes de resoluciones de carácter unilateral emitidas por el SAT en términos del artículo 34-A del Código Fiscal de la Federación que involucran a maquiladoras.

Comentarios del SAT

El 25 de julio de 2024, la Autoridad Fiscal de Grandes Contribuyentes en Precios de Transferencia tuvo una presentación en el Instituto de Contadores Públicos de Baja California, donde dejó ver su postura frente a los procesos y consideraciones que tendrá el SAT con los Acuerdos Anticipados de Precios (APA, por sus siglas en inglés) pendientes que vencen para el ejercicio 2024.

Para tener en cuenta

Aquellos contribuyentes que tengan procesos de litigio y/o no hubieran cumplido correctamente con su resolución de años anteriores y hasta el 2019, la autoridad comenta que no podrán acceder a la revisión del proceso de APA del 2020-2024.

Es importante tener cifras actualizadas y consistentes respecto a los activos utilizados en el proceso de maquila y los inventarios propiedad del residente en el extranjero.

Los rubros de construcción de procesos serán considerados dentro de la base de costos y gastos, y no podrán ser excluidos (podrán ser excluidos, con el debido soporte documental y justificación económica válida).

No podrán segmentar cuentas por cobrar cuando el contribuyente maquilador tenga un servicio de cash pooling y/o hubiera otorgado préstamos a una parte relacionada del grupo al que pertenece; por ello, el total de la cuenta por cobrar será utilizado para contabilizar los días de retorno en este rubro, el cual no debe pasar de 60 días.

Las funciones desempeñadas por un contribuyente maquilador deben ser de bajo riesgo; cualquier diferencia puede motivar a asumir que el contribuyente incurre en más riesgos y, en consecuencia, deben tener un análisis particular.

Puntos a considerar

Los contribuyentes deben recabar la información fuente necesaria para la determinación del QMA, de manera que puedan proporcionarla a la autoridad y evitar confusión e inconsistencia en la misma.

El safe harbor debe evaluarse por cada contribuyente, con el propósito de evaluar el impacto fiscal al operar bajo un régimen fiscal maquilador en el 2025.

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